sábado, 8 de diciembre de 2012

LABORAL Niegan amparo a abogado prófugo por fraude procesal

El Juez Décimo de Distrito de Chihuahua, Chihuahua , negó el amparo a Carlos Joel Vargas Reyes para suspender la aplicación de la orden de aprehensión que habría promovido, por lo que el Ministerio Público redobla operativos para localizar al abogado acusado de fraude procesal. El abogado prófugo encabezó más de 752 demandas laborales contra empresas chihuahuenses, de las cuales por lo menos una acredita el delito de fraude procesal. El 30 de noviembre del presente año se resolvieron los amparos 168 y sus acumulados que se ventilaban en el Juzgado Décimo de Distrito. De los resolutivos de dicha sentencia se desprende, como primer punto, que los juicios de amparo 168/12, 166/12 y 232/12, promovidos por Luis Armando Torres Portillo, Irma Berenice Delgado Díaz e Ismael Palacios Palacios, se sobreseen, exponiendo como motivo la causal de improcedencia prevista en el numeral 73, fracción décima de la ley de la materia; y, como segundo, que se niega el amparo y protección de la Justicia a los quejosos Sigifredo Olivas Rojo y Carlos Joel Vargas Reyes, con números de juicio 231/12 y 997/12 respectivamente. En el caso del abogado laboralista en mención, el juzgador expuso una serie de motivos en los que debatió punto por punto los argumentos expresados por la defensa del litigante en sus respectivas demandas de amparo. De la exposición de motivos destaca lo siguiente: "No es necesario un alto nivel probatorio, sino sólo indicios que hagan presumir su probable responsabilidad en la comisión de un delito", ante la contundencia de la evidencia y declaraciones de los demás implicados en el caso de la empresa Camiones Broncos del Norte, SA de CV. Asimismo expresa: "Existen suficientes datos, como lo son las diversas declaraciones de testigos, el expediente médico del señor Elfido Antillón y la declaración de una médico oftalmóloga que declaró haber intervenido quirúrgicamente al imputado el día y hora en que se dio el supuesto despido". También señaló que: "Es inoperante diverso argumento donde los quejosos expresan que no se configura el delito de fraude procesal, ya que existe un recurso, mismo que conoció el Segundo Tribunal Colegiado y el cual confirma este hecho". El juez también respondió al hecho de la objeción del carácter de tercero perjudicado que le existe a la moral y, como último, el quejoso también respondió al hecho de que Carlos Vargas expresó que no son válidas las declaraciones de las imputadas Ruth y Mabel, ya que su defensora fue Irma Berenice Delgado Díaz, y ésta es coimputada en la causa, por lo que el juez respondió argumentando que en la fecha en que fue defensora, aún no le asistía el carácter de imputada.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Archivo del blog