Por unanimidad, los ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ratificaron el amparo 631/2012, en el que se confirmó la protección de la justicia concedida por el juez décimo de Distrito con sede en Hermosillo, a la comunidad Yaqui del pueblo de Vícam.
Con esta resolución, queda sin efecto el manifiesto del estudio de Impacto Ambiental que había concedido la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) a la Comisión Estatal del Agua (CEA), Gobierno del Estado y al Fondo de Operación de Obras Sonora SI, para la construcción del Acueducto Independencia.
Los ministros argumentaron que el acueducto sí puede afectar a la comunidad indígena, sobre todo en su derecho a disponer del agua de la Presa "La Angostura", que por Decreto Presidencial de 30 de septiembre de 1940, pertenece a la Tribu Yaqui. Cabe mencionar que el amparo se concedió en contra de las autoridades responsables de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para efectos, entre otros, de que previamente a la autorización del proyecto de impacto ambiental denominado Acueducto Independencia, otorguen garantía de audiencia a dicha comunidad, por conducto de sus representantes reconocidos de acuerdo a sus usos y costumbres.
ACATARÁ SEMARNAT RESOLUCIÓN DE LA SCJN
EN EL CASO ACUEDUCTO INDEPENDENCIA
Por su parte la misma Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales informó que acatará la sentencia de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en relación con la demanda interpuesta por miembros de la Tribu Yaqui en contra de la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) por la resolución emitida con fecha 23 de febrero del 2011 para la construcción del proyecto denominado "Acueducto Independencia", en el estado de Sonora. El Supremo Tribunal resolvió conceder el amparo y protección de la justicia federal a la parte quejosa, otorgando a la Tribu Yaqui la garantía de audiencia previa. La DGIRA dará estricto cumplimiento a los efectos de la sentencia dictada.
Sigue adelante Acueducto Independencia, porque según el secretario de la División Jurídica del Estado la resolución de la SCJN no va dirigida al Gobierno del Estado ni limita el proyecto hidráulico.
La resolución emitida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), dentro del amparo 631/2012 no limita de ninguna manera la operación del Acueducto Independencia y de hecho no va dirigida al Gobierno de Sonora, confirmó el Secretario de la División Jurídica del Gobierno del Estado, Carlos Espinosa Guerrero. El fallo, agregó, va en función de solicitar al Director General de Impacto y Riesgo Ambiental de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), dé la audiencia correspondiente a miembros de la Tribu Yaqui para manifestarse sobre el tema.“Es en relación a un Manifiesto de Impacto Ambiental, que es un estudio, les dice: escucha a la Tribu Yaqui, dale su garantía de audiencia como debe ser y después vuelve a dictar, es SEMARNAT Federal, no es contra el Gobierno del Estado ni mucho menos, no tiene ningún otro alcance”, explicó. Es decir, el Manifiesto de Impacto Ambiental emitido por SEMARNAT el 2 de febrero de 2011 que autoriza la construcción del acueducto, queda sin efecto y la misma dependencia, después de escuchar a los miembros de la Tribu Yaqui, debe dictar un nuevo manifiesto.
“Por tanto, el Acueducto Independencia sigue en funcionamiento, toda vez que ni la resolución emitida hoy ni la resolución de amparo que dio lugar a la revisión limitan de manera alguna su construcción o su operación”, detalló Espinosa Guerrero. El Secretario de la División Jurídica reiteró que el Gobierno del Estado se mantiene dentro de los procesos legales y se acatará cualquier instrucción que se desprenda de la Suprema Corte sobre este u otro tema.
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