jueves, 13 de febrero de 2014
DERECHO LABORAL Deberán reclutadoras de personal outsourcing pagar cuotas de Infonavit, una vez que la Cámara de Diputados aprobó adicionar un artículo a la Ley del Infonavit para que así lo hagan.
El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó adicionar un artículo a la Ley del Infonavit para que las empresas también paguen las cuotas de los trabajadores contratados a través de outsourcing.
Con este dictamen se establece la responsabilidad solidaria entre un patrón y un intermediario laboral o contratista sobre las obligaciones laborales con el trabajador.
La iniciativa aprobada considera a las empresas contratistas como patrones y no intermediarios, y precisa que el patrón contratante será responsable de las obligaciones laborales si el contratista omite su cumplimiento.
Con, las actividades contratadas son iguales o similares a las prestadas por los trabajadores del primero y no se justifica el carácter especializado.
La adición al Artículo 29 bis a la Ley del Infonavit significa que si una empresa subcontratista incumple la obligación de dar a sus trabajadores acceso a créditos para vivienda, la compañía que se beneficia con sus servicios tenga la obligación de otorgárselos.
Con esta reforma se les dio la calidad de patrón a las empresas subcontratistas o contratistas, por lo que están obligadas a proporcionar vivienda a sus trabajadores.
El artículo también prevé que las empresas contratantes y contratistas estén obligadas a comunicar trimestralmente información sobre los contratos celebrados en ese periodo.
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