miércoles, 29 de mayo de 2013

LEGAL Invalida SCJN modificaciones en materia de secuestro y trata

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inválidas las modificaciones que en materia de secuestro y trata de personas llevaron a cabo el año pasado los congresos locales de cuatro estados de la República en sus respectivos códigos penales. Al señalar que sólo el congreso federal puede legislar sobre la materia y que desde el quince de junio del 2012 entró en vigor la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, los ministros declararon inválidas diversas modificaciones que sancionaban, agravaban y tipificaban ambos delitos. El criterio jurídico derivó al resolverse cuatro acciones de inconstitucionalidad presentadas por la PGR contra las legislaturas locales y el gobierno de los estados de Aguascalientes, Colima, Baja California Sur y Coahuila. La ex procuradora general de la República, Marisela Morales había impugnado dichas modificaciones a los códigos respectivos, pero por diferentes motivos a los que arribó el pleno del tribunal constitucional, el cual al analizar el fondo de cada asunto privilegió la atribución del congreso federal para legislar contra el secuestro y trata de personas, reguladas ya en una ley federal que como se recordará tuvo como objetivo eliminar las diferencias en la forma de sancionar estos ilícitos en cada uno de los estados del país. En específico, la ley general en cuestión penaliza el secuestro para exigir rescate con 20 a 40 años de cárcel y con 40 a 70 años cuando la víctima es ejecutada por sus captores, además de que contempla otras agravantes como lesiones, secuestro , agresiones sexuales y plagio de menores. No obstante la declaratoria de invalidez de las reformas estatales, ninguna de las personas procesadas o sentenciadas bajo las normas mismas quedará en libertad. El efecto de la decisión de los ministros en sus juicios es para reponer el procedimiento en cada uno de ellos ya que los procesos se encuentran viciados de origen.

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