viernes, 8 de marzo de 2013

PESCA Inicia veda de camarón en el océano Pacífico

El pasado día jueves siete de marzo de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se establece veda temporal para la pesca de todas las especies de camarón en las aguas marinas de jurisdicción federal del Océano Pacífico, incluyendo el Golfo de California, así como de los sistemas lagunarios estuarinos, marismas y bahías de los estados de Baja California Sur, Sonora, Sinaloa, Nayarit, Jalisco y Colima”. Con el fin de inducir al aprovechamiento responsable de camarón desde el punto de vista biológico y socioeconómico, la autoridad pesquera ha establecido la veda para la captura de todas las especies de dicho crustáceo, a efecto de proteger a estos organismos durante su periodo de reproducción y para el reclutamiento de las nuevas generaciones de estas poblaciones a las pesquerías que sustentan. Atendiendo la opinión técnica del Instituto Nacional de Pesca, misma que fue complementada con una nueva evaluación de la situación de la pesquería en el Golfo de Tehuantepec, se determinó lo siguiente: • Se establece veda temporal para la pesca de todas las especies de camarón existentes, en las aguas marinas de jurisdicción federal del Océano Pacífico, incluyendo el Golfo de California y en los sistemas lagunarios estuarinos, marismas y bahías de los Estados de Baja California Sur, Sonora, Sinaloa, Nayarit, Jalisco y Colima, a partir de las 0:00 horas del día 8 de marzo de 2013. • Se exceptúa de esta disposición, las aguas de jurisdicción federal del Golfo de Tehuantepec, en donde el inicio de la veda será a partir de las 0:00 horas del día 17 de marzo de 2013. Adicionalmente el Acuerdo de veda señala que para los efectos de cumplimiento de lo antes señalado, el esfuerzo pesquero en el Golfo de Tehuantepec, no deberá incrementarse respecto al existente en la fecha de publicación de dicho Acuerdo. Las personas que incumplan o violen el Acuerdo de veda, se harán acreedoras a las sanciones que para el caso establece la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables y demás disposiciones legales aplicables. Las personas que en las zonas litorales del Océano Pacífico y Golfo de California, mantengan en existencia productos pesqueros provenientes de captura en estado fresco, enhielado o congelado, para su comercialización al mayoreo o industrialización, deben formular inventario de sus existencias de camarón y dar aviso a la autoridad pesquera. La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a través de la CONAPESCA dará a conocer con la debida anticipación, la fecha de conclusión de la veda con base en las investigaciones y muestreos biológicos que realice por conducto del INAPESCA, mediante Acuerdo que se publicará en el Diario Oficial de la Federación.

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