lunes, 4 de febrero de 2013

LEGAL Avala SCJN homologación de NOMs

La Suprema Corte de Justicia declaró constitucionales los acuerdos de equivalencia emitidos en agosto de 2010 por la Secretaría de Economía (SE), para homologar las normas ofel ministro Sergio Valls, autor de la sentencia. “Se vuelve optativo para quien pretende ingresar una mercancía, cumplir con las especificaciones de la NOM o con las del Reglamento Técnico de Estados Unidos o Canadá”, agregó Valls, “una vez que se demuestre mediante estudio técnico que ambos persiguen los mismos objetivos, e iguales o mayores estándares de protección y seguridad, sin que se modifique el ámbito de validez de la NOM, que sigue rigiendo plenamente”. También se rechazó el alegato de que los acuerdos debieron someterse a amplio escrutinio y consulta de los sectores interesados, reiterando que el TLCAN ordena instrumentar estos acuerdos de equivalencia. En la minoría, José Ramón Cossío votó en contra por considerar que la SE fundó indebidamente los acuerdos en el Artículo 131 de la Constitución, que sólo faculta al Ejecutivo para regular el comercio exterior en situaciones urgentes, mientras que Margarita Luna Ramos señaló que la dependencia actuó en forma unilateral y por tanto contraria a la Ley de Metrología. En su momento, los organismos nacionales de certificación promovieron un amparo, mismo que fuormalización, ni su modificación, sino que es un mecanismo alternativo, previsto en un instrumento internacional, que permite cumplir la misma finalidad de una Norma Oficial Mexicana, sin tener que acreditar nuevamente que se cumple con dicha norma”, explicó el ministro Sergio Valls, autor de la sentencia. “Se vuelve optativo para quien pretende ingresar una mercancía, cumplir con las especificaciones de la NOM o con las del Reglamento Técnico de Estados Unidos o Canadá”, agregó Valls, “una vez que se demuestre mediante estudio técnico que ambos persiguen los mismos objetivos, e iguales o mayores estándares de protección y seguridad, sin que se modifique el ámbito de validez de la NOM, que sigue rigiendo plenamente”. También se rechazó el alegato de que los acuerdos debieron someterse a amplio escrutinio y consulta de los sectores interesados, reiterando que el TLCAN ordena instrumentar estos acuerdos de equivalencia. En la minoría, José Ramón Cossío votó en contra por considerar que la SE fundó indebidamente los acuerdos en el Artículo 131 de la Constitución, que sólo faculta al Ejecutivo para regular el comercio exterior en situaciones urgentes, mientras que Margarita Luna Ramos señaló que la dependencia actuó en forma unilateral y por tanto contraria a la Ley de Metrología. En su momento, los organismos nacionales de certificación promovieron un amparo, mismo que fue desechado en septiembre de 2011 por un tribunal colegiado de circuito, que resolvió que los acuerdos de equivalencia sólo están destinados a los importadores, distribuidores y comercializadores de aparatos electrónicos que requieren este tipo de certificados.

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