domingo, 9 de febrero de 2014

FISCAL Facilita Federación emisión de facturas electrónicas, aquellos que contribuían en el régimen intermedio, así como de algún régimen de actividades empresariales, pueden emitir las facturas electrónicas una vez cumplido el plazo establecido

Por medio de herramientas gratuitas que el gobierno federal implementó en su página web, aquellos que contribuían en el régimen intermedio, así como de algún régimen de actividades empresariales, pueden emitir las facturas electrónicas una vez cumplido el plazo establecido por las autoridades para el pago de impuestos, indicó en Chihuahua, el contador público Efrén Hernández Arenivas, para seguido abundar en que el Sistema de Administración Tributaria (SAT) ya oficializó que quienes tributaban bajo el régimen intermedio y en algún régimen de actividades empresariales, tienen como fecha límite para inscribirse en el Régimen e Incorporación Fiscal, hasta el 31 de marzo, así como realizar el pago respectivo de sus contribuciones. Al hablar ante socios del Instituto y Colegio de Contadores Públicos de Chihuahua sobre las actualizaciones ante las nuevas obligaciones en materia de facturación electrónica y timbrado de la nómina, destacó que será hasta abril que toda empresa, personas físicas y morales, emitan el comprobante fiscal digital por la red de Internet ante el SAT. Indicó que de acuerdo con el SAT, todas aquellas personas físicas que no rebasaron más de 500 mil pesos de ingresos en el año 2012, tienen la opción de facturar en la modalidad de código de barras durante los meses de enero, febrero y marzo, pero a partir de abril todos los contribuyentes que realicen cualquier operación financiera tendrán que comprobar sus contabilidades mediante a la factura electrónica. Además de poder hacer uso de las herramientas gratuitas de Internet para emitir facturas, los contribuyentes están facultados para contratar empresas o terceros especializados que ofrecen servicios de facturación. Señaló que en el caso del timbrado, también es una nueva obligación que se deberá aplicar a la nómina para que tenga deducibilidad. Los patrones tendrán que realizar el comprobante fiscal digital por cada recibo de la nómina que den a sus empleados. Detalló que personas físicas y morales que rebasen los 500 mil pesos de ingresos se les da una opción de diferimiento para los meses de enero, febrero, marzo y tendrán que realizar el timbrado hasta el 31 de marzo. Recordó que en la reforma entrada en vigor este año, manifiesta que todos aquellos contribuyentes que incorporen al Régimen de Incorporación Fiscal, el primer año no pagarán impuestos y habrá una condonación en el Impuesto Sobre la Renta.

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