martes, 29 de enero de 2013

LEGAL Reitera SCJN obligatoriedad del Servicio Militar

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las excepciones previstas en el artículo 38 del reglamento de la Ley del Servicio Militar atienden el interés general y el respeto a los derechos humanos. La Sala dictó la Tésis Aislada CXLVI/2012, según la cual la Ley del Servicio Militar señala que las causas de excepción total o parcial para el servicio de las armas deberán reglamentarse en función de que los excluidos tengan impedimentos físicos, morales o sociales. Estos impedimentos deben convertirlos en elementos no útiles para lograr una movilización eficaz, y es por ello que en la exposición de motivos de la tesis se advierte que el Servicio Militar es obligatorio para aquellos habitantes que resulten útiles y estén disponibles en caso de que se requiera realizar una movilización eficaz. Esta finalidad no se alcanza con determinados grupos de mexicanos que se ubiquen en los supuestos de exclusión, pues no son útiles para lograr una movilización de forma eficaz de cuantos contingentes reclame la Patria.

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