viernes, 28 de marzo de 2014

ACTUALIDAD Advierten los grandes riesgos e injusticias que traerá consigo la entrada en vigor de la modificación a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal que autoriza a los concesionarios de corralones federales a poder vender en su entero provecho los autos que tengan una permanencia de mas de 100 días

A partir del miércoles 26 de marzo de este año, los autos que estén en corralones federales durante 100 días serán vendidos conforme a lo dispuesto por la entrada en vigor de la modificación a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. La legislación no es clara y deja abiertas varias posibilidades de cometerse abusos en su aplicación. A pesar de que llevaba en el tintero de varias legislaturas federales pasadas, la ley todavía requiere de una reflexión inmediata al no representar soluciones y sólo estipular dos opciones de notificación que no son suficientes. No se especifica en qué diario local o nacional se deberán hacer públicos los datos del automóvil incautado, además de que no se modernizará la publicación de edictos, los cuales no van a emigrar a un formato digital, dejando abierta la posibilidad de que se cometan toda clase de improperios, ya que no se buscan las letras pequeñas de los edictos publicados en diarios. Esta ley afecta a los vehículos resguardados en depósitos federales, y que de no ser reclamados podrán ser subastados. Será difícil notificar que un vehículo podría ser expropiado, puesto que esta ley aplica para caminos federales y carreteras. Los medios por los cuales se notificará no terminan de ser claros, y no se ofrecen alternativas para que los ciudadanos puedan informarse en tiempo y forma sobre la situación de su vehículo, por lo que es un hecho que no es práctica ciudadana el someterse diariamente a leer todo posible diario impreso o en sus edictos en el Diario Oficial de la Federación (DOF) al no encontrar su automóvil. “Yo supongo que si deben de buscarse mecanismos que permitan la consulta ágil y eso va a tener que ser considerado en las reglas de operación de este programa”, coincide el director general de la Cámara Nacional De Autotransporte de Carga (Canacar) Refugio Muñoz, quien dice que estos procedimientos de notificación parecen creados para dar la idea que se intentó avisar pero no hay canales provistos de infraestructura adecuada. Muchas son las interrogantes que las autoridades federales no han podido responder sobre esta iniciativa: -¿Por qué no crear un buscador para que cada ciudadano que tenga curiosidad busque información fácilmente, como puede ser a través de portales dedicados o publicaciones en sitios digitales, o en el SAE o SAT? …. ¿Por qué no emplear recursos que faciliten a los ciudadanos consultar si su vehículo se encuentra en un proceso de subasta? ¿Cuáles son las implicaciones para las primas de seguro contra robo de auto? ¿Qué pasará si un ciudadano no cuenta con la posibilidad de enterarse por radicar en otra ciudad o si la persona está fuera del país? ¿Cuáles son los mecanismos de prevención y denuncia para evitar que los corralones den datos falsos? De acuerdo a Muñoz, los cambios planteados en los depósitos están tomando en cuenta la realización de un registro vehicular, y estos ya deben ser parte de una relación y de un inventario para llevar a cabo todo este control sobre cuáles son los requisitos; uno de ellos es que no estén sujetos a ningún procedimiento de carácter judicial o que no sean reclamados por nadie. El registro es un inventario que se hace desde el momento que un vehículo es ingresado al depósito. Resulta increíble que la tecnología actual no sea aplicada en esta ley, cuando ahora el mundo es informado y notificado por Internet, incluso los recientes cambios para realizar trámites fiscales en las nuevas reformas del país. Parece que se deja toda la responsabilidad al ciudadano y no se implementa un esquema que esté en línea con la “Estrategia Digital” del gobierno federal. Ante este panorama de vacíos y desinformación, se puede advertir un fomento la delincuencia, el robo de automóviles o que estos sean escondidos hasta que venza el plazo para poder venderlos. Incluso puede prestarse al robo de unidades con el fin de utilizarlas para cometer algún delito –robo, secuestro, homicidio- y que después estas sean vendidas al amparo de la ley, obligando al propietario a reportar su unidad como robada y seguir todo un proceso judicial y de cobro de seguro, mientras el vehículo se encuentra asegurado en un depósito y sin que el dueño, la aseguradora o las autoridades puedan saberlo. Aquí es donde aparece otra incongruencia. En el DOF se hacen constar dos cosas, la primera es que la autoridad federal tendrá alrededor de 105 días para iniciar un proceso de “abandono”, y la segunda es que después de confirmar que el automóvil tiene cinco o más años de resguardo en corralón se procederá a la subasta. Entonces, ¿son 105 días o cinco años? Los autos abandonados o con ausencia del propietario se convierten en un negocio y aquí nace el ingreso al permisionario. Basta con que un auto entre a un depósito vehicular para que el auto quede en manos de este y el propietario original se enfrente a la dificultad de localizarlo. El 16 de diciembre de 2013 se publicó en el Diario Oficial el decreto que modifica la Ley y donde se tipifica que si una autoridad federal decide consignar un vehículo a un corralón, ésta tiene 15 días naturales siguientes al depósito para notificar al dueño o a su representante legal, quienes a su vez tendrán un máximo de 90 días naturales para reclamar el vehículo. Esta propuesta fue presentada por el diputado priista Fernando Alfredo Maldonado Hernández, quien argumentaba que la acumulación excesiva de vehículos no reclamados provoca un gran daño ecológico, económico y urbano. El asesor del diputado Maldonado Luis Cienfuegos, experto en el sector de Comunicaciones y Transportes, explicó que además del factor de sobrecupo de los depósitos, ésta es una ley que se enfoca en combatir la delincuencia organizada, puesto que muchas veces entran a robar las partes de los autos que se encuentran en abandono para comercializarlas en el mercado informal. “Es una iniciativa que efectivamente se impulsó de manera conjunta entre los diputados priistas pero que también de alguna manera en el proceso de consulta estuvo avalada por la SCT, PF, SAE y el fin era buscar un mecanismo que permita que se pueda desalojar de los depósitos de vehículos unidades chatarra y que han causado abandono pero hacía falta un procedimiento que permitiera limpiar estos depósitos”, explica Refugio Muñoz de la Canacar. El procedimiento a seguir es que los permisionarios deberán entregar una lista de las unidades abandonadas a la Dirección General de Autotransporte Federal (DGAF) dependiente de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT). Posteriormente se hará la notificación al domicilio del titular del vehículo, y de no encontrarlo, las autoridades publicarán un edicto en un diario de circulación nacional, así como en un diario de la ciudad o estado donde haya sido resguardado. De no ser reclamado al cumplirse el plazo de 90 días después de la notificación, el vehículo será declarado “abandonado” y pasará a propiedad del gobierno federal. El Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE) será el encargado de subastarlos. La distribución de los recursos obtenidos de vehículos con hasta cinco años de resguardo será del 70% para la DGAF, mientras que el 30% serán para el permisionario. En contraparte, si el vehículo tiene más de cinco años resguardados le corresponderá el 99% al permisionario. En el DOF se señala que los recursos que se obtengan serán destinados al Programa de Reordenamiento General del Autotransporte Federal o “chatarrización”, pero no se explica el cómo serán empleados ni quién supervisará el gasto de los recursos.

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