martes, 27 de septiembre de 2011

Pondría más 'ojo' el SAT

FISCAL.- Los delitos fiscales podrían prescribir en ocho años de aprobarse la propuesta de modificaciones al Código Fiscal de la Federación, contenida en el paquete económico para 2012.Actualmente, los delitos incurridos por los contribuyentes tienen una prescripción de entre tres y cinco años máximo, según el artículo 100 del Código mencionado, sin embargo, con la propuesta, el fisco tendría más tiempo para la revisión de los casos y tomar las acciones legales correspondientes. De materializase el cambio, la acción penal de los delitos fiscales prescribiría en ocho años a partir del momento de la consumación del acto o la cesación del mismo, de acuerdo con el proyecto de egresos para el próximo año. Con esto, la autoridad tendría cinco años para la revisión de los documentos del contribuyente y posteriormente con tres para iniciar con el proceso penal.

Para Arturo Halgraves, presidente y vocero de la Comisión Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM), esta modificación sería en beneficio del Servicio de Administración Tributaria (SAT), quien podrá gozar de un plazo más amplio para sus investigaciones. "Podemos mencionar que cuando una persona comete un acto de defraudación fiscal, en el momento en el que el fisco tiene conocimiento del delito y puede identificar al contribuyente que lo cometió, el fisco contaba con tres años, para ejercer la acción penal en contra del contribuyente", indicó.
La autoridad ha venido ejerciendo este derecho conforme a las disposiciones vigentes, pero dada su redacción también ha traído confusiones, que a su vez ha llevado a un incremento en los juicios de los contribuyentes.

Halgraves agregó que en este tipo de casos lo más difícil para la autoridad es probar en qué momento tuvo conocimiento del delito, por lo que ahora con la ampliación del plazo le darán más tiempo para plantear denuncias más sólidas. "Como era muy difícil de determinar, en una acción a favor del fisco se pretende reforma la ley fiscal a efecto de establecer ahora un plazo mayor que tendrá la autoridad para ejercer este derecho de ejercitar la acción penal contra el contribuyente", indicó.

Con la modificación, subrayó, los contribuyentes se verían afectados, pues aumentaría la incertidumbre sobre cuándo la autoridad podría ejercer una acción en su contra.
"Los contribuyentes con esta ampliación del plazo, pues podemos decir que quedan con la inseguridad de cuándo podrá suceder esto, porque muchas ocasiones lo que veíamos era que pasaron 5 años, y decíamos que ya no podían revisar nada ni ejercer una acción penal", expresó.


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