lunes, 30 de enero de 2012

Viola SAT derechos: Experta

FISCAL.- La amenaza de enviar a los evasores fiscales a la cárcel viola los derechos humanos de los contribuyentes, aseguró Rebeca Munguía, coordinadora de la maestría en Derecho de Negocios Internacionales de la Universidad Iberoamericana. La académica aseveró que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) retoma la política del terrorismo fiscal que imperó en otros sexenios en los que se consideraban sinónimas las figuras de evasión y elusión.

“En el esquema de terrorismo fiscal, la autoridad asume que al no declarar hay dolo, aprovechamiento, mala intención y que casi todo lo que hagas o dejes de hacer, pienses o imagines es evasión. Sin embargo, para como están las cosas, la gente no paga porque no tiene liquidez y además no hay cárceles suficientes para encerrar a todos los llamados evasores fiscales que incurrieron en evasión o elusión”.

“Hay otras alternativas para que las personas adquieran la cultura del pago de impuestos; por ejemplo, dar oportunidades al contribuyente, informarlo y darle facilidades para que pueda pagar y no la amenaza de inmediato”, planteó Munguía. Aseguró que esa medida excede los límites y viola los derechos humanos. “Lo único que van a lograr es que el contribuyente se estrese, deje de confiar en las instituciones y aparezcan nuevas formas de evasión”, dijo.

Las sanciones

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que los contribuyentes que no entreguen comprobantes fiscales serán acreedores a sanciones económicas por parte de la autoridad.


El fisco acusará de defraudación fiscal a todos los contribuyentes incumplidos

Cualquier contribuyente que omita presentar declaraciones “definitivas” por más de un año, se hará acreedor al delito de defraudación fiscal, informó el Servicio de Administración Tributaria (SAT). En México, el delito de defraudación fiscal se castiga con cárcel, confirmó Herbert Bettinger, socio legal de Ernest & Young.
El Congreso aprobó el año pasado una modificación al Artículo 109 del Código Fiscal de la Federación, la cual entró en vigor en 2012.

“Se considera delito el omitir presentar por más de 12 meses las declaraciones que tengan carácter de definitivas, así como las de un ejercicio fiscal que exijan las leyes fiscales, dejando de pagar la contribución correspondiente”, informó. Con la reforma se remarcó el hecho de que serán actos de defraudación la omisión de declaraciones.

Por su lado, Pedro Canabal, administrador central de relaciones y comunicaciones del Servicio de Administración Tributaria (SAT), dijo que las declaraciones que tienen carácter de definitiva son las que se deben hacer de forma mensual por el Impuesto al Valor Agregado (IVA), y las declaraciones anuales del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

Ejemplificó que si algún contribuyente tenía que hacer declaraciones mensuales de IVA en enero de 2012, pero no las hizo, para enero de 2013 incurriría en este supuesto.







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