lunes, 11 de junio de 2012

LEGAL Da 'palo' SCJN al Ayuntamiento

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio “palo” a la controversia constitucional promovida por el Municipio de Guaymas contra conclusiones del Instituto Superior de Auditoría y Fiscalización (ISAF) y, con ello, “queda firme” la denuncia y/o querella de la Asociación Civil “Guaymas Tu Puerto” sobre el afamado asunto de las “luminarias”.Como ya es del conocimiento generalizado, aquel grupo de ciudadanos guaymenses solicitó esclarecimiento sobre negociaciones de la actual administración municipal con la empresa “Simon Lifthing” para la adquisición en renta de más de nueve mil luminarias y 76 postes galvanizados, a un costo estimado de 45 millones de pesos.

Esa suma la proporcionó financiadora “Mifel 3”, que luego vendería esos artefactos al municipio, a costo de mercado; incluso existe contrato de compra-venta bajo reserva de dominio por 14 millones 785 mil pesos. En sus conclusiones, el ISAF concedió razones a “Guaymas Tu Puerto” y consideró obligación del Ayuntamiento el someter a la aprobación del Congreso del Estado de Sonora el referido contrato de arrendamiento puro para el alumbrado público de esta ciudad y su zona rural e indígena.

En búsqueda de obviar esa obligatoriedad, la entonces síndico municipal -- hoy alcaldesa -- Mónica Marín Martínez elevó controversia constitucional ante el máximo órgano judicial del país; la SCJN radicó el expediente 88/2011 el 19 de agosto del año pasado. Como argumento, la funcionaria municipal invocó invasión de ISAF en esfera reservada constitucionalmente (artículo 115) a los municipios.Sin embargo, montos manejados y falta de transparencia en las negociaciones marcaron la diferencia en cuanto a la defensa de los recursos públicos patrimonio de la comunidad.

El reciente 14 de mayo y bajo ponencia del magistrado Ramón Cossío -- doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y maestro de Derecho Constitucional en el ITAM --, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación dictó sentencia, ordenó sobreseer el juicio y notificación a las partes: ya está en archivos y su publicación oficial en lista de notificaciones ocurrió el 24 de mayo.


No hay comentarios:

Publicar un comentario

Archivo del blog