miércoles, 18 de julio de 2012

LABORAL Falta cultura laboral en trabajadores sinaloenses

La terminación de la relación laboral entre un trabajador y la empresa implica el cumplimiento de derechos y obligaciones para ambas partes, por lo que es necesario, además de respetar lo establecido en la Ley Federal de Trabajo, establecer en la empresa un reglamento interno que delimite responsabilidades. Manuel Ruiz Medina, habló ante miembros de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos en Culiacán, sobre los derechos y obligaciones de empresas y trabajadores al terminar la relación laboral.
"El artículo 47 de la Ley Federal de Trabajo establece las causales de rescisión de la relación laboral cuando el trabajador con su conducta, con su actitud da al patrón una causa para rescindirlo y para poder que el patrón justifique la terminación de la relación laboral tiene que existir documentos, actas, testimonios que avalen esta conducta de no ser así la rescisión no va a tener validez y se va a considerar como un despido injustificado", dijo.
Ruiz Medina destacó que la elaboración de un reglamento interno evita problemas entre la empresa y el trabajador. "Es imprescindible contar con un reglamento interior de trabajo, que es un documento en el cual el trabajador firma de enterado de cuáles son sus derechos y cuáles son sus obligaciones, los requisitos para poderse ganar los incentivos pero también los castigos y cuando haya alguna conducta que cause un perjuicio a los directivos, a la gente se pueda levantar un acta administrativa que sirva como prueba", indicó.
El especialista en estudios fiscales mencionó los derechos que tiene el trabajador en caso terminar su relación laboral con la empresa.
"Tiene derecho el trabajador a aguinaldo proporcional, a vacaciones si no las disfruto, prima vacacional y como una obligación muy especial si fue rescindido el contrato ya sea por causa justificada o injustificada tiene derecho a la prima de antigüedad, si el patrón no justifica la rescisión, el trabajador puede ser reinstalado en la empresa y si el patrón se niega, la empresa tiene que indemnizarlo a parte con 20 días por año laborado", informó.
Ruiz manifestó que por desconocimiento muchos trabajadores no exigen a la empresa sus derechos.
"Los trabajadores desconocen las leyes, las indemnizaciones a las que tienen derecho y los patrones naturalmente se aprovechan de la situación y por eso es muy conveniente que conozcan los derechos", enfatizó.

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