miércoles, 18 de julio de 2012

CANIRAC Impide Ley obligación de propinas en comidas


La delegada de la Procuraduría Federal del Consumidor en La Paz, BC, Claudia Méndez Vargas, dijo que los restaurantes no pueden obligar a sus clientes a pagar propinas y agregó que quienes incurran en esta práctica, pueden ser sancionados. Las propinas son un pago extra que el cliente otorga con base en el servicio que le dio el mesero y si este no fue bueno, se entiende que el pago sea menor, pero no se puede aplicar como parte del cobro. Algunos sitios lo determinan y aplican de forma automática, pero el procedimiento es opuesto a lo que establece la Ley Federal de Protección al Consumidor. "Estos cargos incluso ahuyentan y decepcionan a los clientes, porque están haciendo un pago sin importar el servicio que recibieron y de alguna manera son también un factor que aleja al turismo". La propina es casi una tradición, pero debe ser de acuerdo a la decisión del cliente y los establecimientos que la cargan en la cuenta, incurren en falta a la Ley Federal de Protección al Consumidor. Esto se encuentra establecido en el artículo 7 de la Ley Federal de Protección al Consumidor el cual establece que el prestador del servicio debe informar con oportunidad los precios, tarifas, garantías, cantidades, cargos y demás condiciones relacionadas con el servicio". Ante esto la funcionaria dijo que cualquier queja la pueden presentar en las oficinas de la dependencia y reiteró que el pago de la propina no tiene establecida una cantidad y mucho menos puede ser considerada como obligatoria. "Se trata de un pago que el cliente da con gusto, siempre y cuando los meseros lo hayan atendido bien, pero la ley no permite que se considere un cargo que pueda ser registrado en la cuenta", concluyó.

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