El Instituto que encabeza Víctor Manuel Borrás Setién espera que en los primeros días de la próxima semana la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) emita los lineamientos correspondientes para este proceso derivado de las recientes reformas a la Ley del Infonavit.
El pasado 2 de julio, la SHCP envió a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer) las disposiciones para la entrega de los recursos mencionados a los trabajadores que se pensionaron conforme a la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997, durante el periodo del 1 de julio de ese año hasta el 12 de enero de 2012.
Las reformas a la Ley del Infonavit que entraron en vigor en enero pasado establecen que el Instituto devolverá el dinero de la subcuenta de vivienda bajo su administración a los pensionados que no ejercieron su crédito o a los que liquidaron su préstamos y siguieron cotizaron.
Para ese proceso se hicieron cuatro grupos de personas: el grupo uno, que incluye a los nuevos pensionados a partir del 12 de enero de 2012, quienes pueden hacer su trámite directamente con su Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) o con el Infonavit.
El segundo grupo corresponde a pensionados que solicitaron la devolución a través de una demanda laboral o un amparo indirecto y cuentan con un laudo o resolución a su favor.
El tercer grupo incluye a quienes tienen una demanda laboral o juicio de amparo en trámite pero aún no cuenta con laudo o resolución del juez; a este grupo, se les pide desistirse del proceso para que después acudan al Infonavit, con su desistimiento, a recoger sus recursos.
Pero es para el grupo cuatro, el más grande por número de trabajadores, que corresponde a los pensionados que nunca demandaron sus recursos o tienen fallo negativo, que se esperan las reglas de operación próximas a publicar.
El pasado 2 de julio, la SHCP envió a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer) las disposiciones para la entrega de los recursos mencionados a los trabajadores que se pensionaron conforme a la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997, durante el periodo del 1 de julio de ese año hasta el 12 de enero de 2012.
Las reformas a la Ley del Infonavit que entraron en vigor en enero pasado establecen que el Instituto devolverá el dinero de la subcuenta de vivienda bajo su administración a los pensionados que no ejercieron su crédito o a los que liquidaron su préstamos y siguieron cotizaron.
Para ese proceso se hicieron cuatro grupos de personas: el grupo uno, que incluye a los nuevos pensionados a partir del 12 de enero de 2012, quienes pueden hacer su trámite directamente con su Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) o con el Infonavit.
El segundo grupo corresponde a pensionados que solicitaron la devolución a través de una demanda laboral o un amparo indirecto y cuentan con un laudo o resolución a su favor.
El tercer grupo incluye a quienes tienen una demanda laboral o juicio de amparo en trámite pero aún no cuenta con laudo o resolución del juez; a este grupo, se les pide desistirse del proceso para que después acudan al Infonavit, con su desistimiento, a recoger sus recursos.
Pero es para el grupo cuatro, el más grande por número de trabajadores, que corresponde a los pensionados que nunca demandaron sus recursos o tienen fallo negativo, que se esperan las reglas de operación próximas a publicar.
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