viernes, 20 de abril de 2012

Facilita SAT a importadores pago de multas

COMERCIO EXTERIOR.- En casos de que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) encuentre que un importador está intentando introducir al País mercancía subvaluada resulta más fácil pagar las multas y sanciones monetarias que ir a un juicio para intentar liberar la mercancía. Según datos del mismo SAT, el 70 por ciento de los juicios que se inician por esta causa son ganados por la instancia gubernamental, lo cual significa que una empresa que encuentre su mercancía en un procedimiento tiene pocas oportunidades de ganar.

“Si hay una factura que aparezca por debajo de las materias primas hay tres opciones, la primera es no hacer la operación de comercio exterior, la segunda es rectificar el procedimiento con una nueva factura y la tercera es intentar comprobar con elementos que ese es el precio real aún cuando esté por debajo de la alerta”, explicó Alfonso Rojas, presidente de la Confederación de Asociaciones de Agentes Aduanales de la República Mexicana (CAAAREM).

“Sin embargo, cuando se pone la alerta de un posible caso de ilegalidad esa alerta la recibe la autoridad y la Aduana lo revisa de manera más completa y se realiza una investigación y mientras la mercancía queda detenida en lo que dura el procedimiento”, precisó. Luego de la orden de embargo, el importador tiene 20 días para presentar las pruebas que le convengan y si son satisfactorias se libera la orden de embargo y se suelta la mercancía, con lo cual se resuelve a su favor.

Si el SAT no considera que la orden de embargo tiene motivo para liberarse entonces la mercancía queda detenida a través de un Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA) y se entabla una especie de juicio para determinar si se libera la mercancía o ésta queda propiedad del fisco federal. “Para evitar este procedimiento, el importador puede allanarse, es decir pagar todas las diferencias y las multas y así continuar con su transacción”, precisó Rojas.

En muchas ocasiones, dependiendo del valor de la mercancía y el tamaño de la empresa, los importadores prefieren directamente evitar el PAMA, ya que estos procedimientos son largos y costosos, pueden durar alrededor de 4 meses, que es el tiempo establecido por ley o porque el costo del proceso es menor a lo que significaría pagar la sanción. “Si se tienen elementos, está la opción de ir a juicio ante las diferentes instancias y ganar sin tener que pagar adicionalmente pero si no, no es conveniente entrar en este procedimiento porque se puede perder la mercancía”, puntualizó el titular de la CAAAREM.

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