sábado, 3 de marzo de 2012

Es NIP bancario de índole privado: CNBV


BANCA.- La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) emitió diversas recomendaciones de seguridad en el uso de los corresponsales bancarios. Esta figura consiste en que los establecimientos comerciales pueden realizar operaciones bancarias a nombre y cuenta de las instituciones. La dependencia puntualizó que si una persona opta por este esquema no debe proporcionar su Número de Identificación Personal (NIP) al cajero o encargado del comercio. “El NIP lo debe introducir el mismo cliente y no debe darlo a conocer a nadie más”.

La CNBV informó que si el cuentahabiente realiza un retiro o efectúa algún movimiento debe teclear el NIP en la terminal o en el equipo que se dispuso para tal efecto. Destacó que hay que observar que el NIP no aparezca en la pantalla o en el equipo electrónico. Sugirió no perder de vista la tarjeta durante la operación que realice.

Es importante exigir el comprobante, que debe incluir el tipo de transacción, información sobre el número de cuenta, el monto, el nombre del banco y del comercio. También debe contener los teléfonos del contacto de la institución para que pueda reportar las quejas. Si consulta el saldo de su tarjeta o una cuenta, verifique que el operador no emita un duplicado del comprobante. La Comisión Nacional Bancaria y de Valores aclaró que el negocio no puede condicionar u obligar a que se haga un consumo por la transacción bancaria.

Recordó que sólo el banco puede cobrar comisiones por la operación y el cargo deberá reflejarse en el mismo comprobante o en el estado de cuenta. En la actualidad, hay poco más de 13 instituciones que cuentan con autorización para ofrecer servicios a través de este esquema; estas entidades tienen contratos con 661 comercios, los que cuentan con un red de 16 mil 884 establecimientos.

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